Antes del crimen en Atizapán, Diego Sebastián “N” ya había sido investigado en CDMX

La información fue confirmada por la fiscal general de Justicia de la Ciudad de México, Bertha Alcalde Luján, quien explicó que una de las indagatorias corresponde a una averiguación previa iniciada en 2007 por violencia familiar, mientras que la segunda se relaciona con una denuncia por amenazas presentada por una mujer adulta mayor. La funcionaria precisó que ambos expedientes forman parte de los registros institucionales, pero no están vinculados con la investigación que actualmente encabezan autoridades del Estado de México.

El dato adquiere relevancia en medio de las investigaciones por el crimen ocurrido en un inmueble del municipio de Atizapán de Zaragoza, donde fueron asesinados Jonathan Meléndez Ochoa, tecladista de Camilo Séptimo; su esposa, Ana Paula Barragán; su hija Sofía, de tres años, y Aleyda Romero, una joven de 21 años que trabajaba en el domicilio. Una mascota de la familia también murió durante los hechos, de acuerdo con la información difundida sobre el caso.

La Fiscalía General de Justicia del Estado de México (FGJEM) sostiene como una de las principales líneas de investigación que los presuntos agresores habrían acudido al domicilio en busca de una denominada “caja fría” con una cantidad millonaria en bitcoins. Según las primeras indagatorias, los detenidos suponían que las víctimas tenían acceso a recursos importantes en criptomonedas y habrían planeado el ingreso al inmueble con ese objetivo.

Diego Sebastián “N” y Gerardo “N” fueron detenidos por su probable participación en los hechos y posteriormente ingresados al penal de Barrientos. La investigación ministerial apunta a un posible móvil económico, aunque corresponderá a las autoridades judiciales determinar la responsabilidad penal de los imputados y valorar las pruebas presentadas por el Ministerio Público.

En este contexto, la revelación de los antecedentes registrados en la capital también coloca bajo escrutinio la trayectoria previa del principal señalado. No obstante, jurídicamente una carpeta de investigación o una averiguación previa no equivale a una sentencia condenatoria, por lo que la existencia de esos expedientes no permite establecer por sí misma responsabilidad en otros delitos ni anticipar culpabilidad en el caso de Atizapán.

La propia FGJCDMX establece mecanismos para organizar y dar seguimiento a las carpetas de investigación mediante su Modelo de Gestión de Casos, cuyo propósito es clasificar los asuntos, canalizarlos a las unidades correspondientes y determinar las salidas legales conforme a cada expediente. La institución también reconoce la necesidad de mantener mecanismos de seguimiento y análisis de las investigaciones para mejorar la atención y procuración de justicia.

Otro elemento que permanece bajo investigación es la posible existencia de otras víctimas o denuncias relacionadas con Diego Sebastián “N”. El secretario de Seguridad Ciudadana, Pablo Vázquez Camacho, señaló que la Ciudad de México ha colaborado con información de inteligencia y datos derivados de seguimientos previos, además de mantenerse atenta a la identificación de posibles afectados adicionales, particularmente ante referencias a posibles fraudes.

Mientras avanzan las investigaciones, las autoridades deberán establecer con precisión qué ocurrió antes, durante y después del multihomicidio, así como determinar el grado de participación de cada detenido. La Fiscalía mexiquense mantiene como una de sus líneas centrales el presunto intento de apoderarse de criptomonedas, mientras que la Fiscalía capitalina ha confirmado la existencia de antecedentes documentados en 2007, sin establecer hasta ahora una conexión entre aquellos expedientes y el crimen de Atizapán.

El caso permanece bajo investigación y será el proceso judicial el que determine la responsabilidad de los imputados. Hasta que exista una resolución definitiva, Diego Sebastián “N” debe ser considerado legalmente como presunto responsable y no como culpable, en apego al principio de presunción de inocencia.

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