Proponen hasta seis años de prisión por abandono de adultos mayores

 

Por Bruno Cortés

 

La diputada Alejandra Chedraui Peralta, del PVEM, presentó una iniciativa para adicionar el artículo 335 Bis al Código Penal Federal, con el propósito de tipificar y sancionar el abandono de personas adultas mayores.

La propuesta plantea imponer de tres a seis años de prisión y una multa de 300 a 600 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) a quien abandone a una persona adulta mayor cuando tenga el deber jurídico de cuidarla, asistirla, protegerla o vigilarla.

La iniciativa establece que esta obligación puede derivar de una disposición legal, resolución judicial, vínculo familiar, tutela, guarda, custodia o cualquier otra circunstancia que genere el deber de cuidado.

De acuerdo con el planteamiento, el abandono deberá colocar a la persona adulta mayor en una situación de desamparo que ponga en peligro su vida, salud, integridad física o psicológica, así como su dignidad.

La propuesta contempla aumentar las sanciones hasta en una mitad cuando la víctima tenga alguna discapacidad física, mental, intelectual o sensorial, padezca una enfermedad crónica, presente una condición de dependencia o tenga movilidad reducida.

También se plantea aplicar este incremento cuando el abandono ocurra en hospitales, centros de atención médica, instituciones de asistencia social, establecimientos de cuidado, vías públicas o cualquier otro lugar que comprometa gravemente la seguridad de la persona adulta mayor.

Las penas también aumentarían cuando quien cometa el abandono sea ascendiente, descendiente, cónyuge, concubina o concubinario, persona tutora o responsable de hecho del cuidado, así como cuando la conducta tenga como finalidad evadir obligaciones alimentarias, asistenciales o de cuidado.

En caso de que el abandono provoque lesiones que pongan en peligro la vida, ocasionen una afectación permanente a la salud o agraven significativamente una enfermedad preexistente, la iniciativa propone de seis a diez años de prisión y una multa de 600 a mil veces el valor diario de la UMA.

Si como consecuencia del abandono ocurre la muerte de la persona adulta mayor, se plantea una pena de diez a 15 años de prisión y una multa de mil a mil 500 veces el valor diario de la UMA. La iniciativa fue turnada a la Comisión de Justicia para su análisis.

 

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