
Ciudad de México, 5 de septiembre de 2025.– Con las recientes lluvias e inundaciones que han complicado la movilidad en la capital, surgió la duda entre trabajadores y empleadores: ¿es obligatorio que las empresas permitan el home office en estos casos? La respuesta es clara: no existe ninguna disposición legal que obligue a los patrones a autorizar el trabajo remoto por condiciones climáticas.
Sin embargo, la Secretaría del Trabajo y Fomento al Empleo (STyFE) de la Ciudad de México exhorta a las empresas a ser flexibles y considerar el home office como una medida preventiva. El objetivo es proteger la integridad de las personas trabajadoras, evitar accidentes durante traslados y, al mismo tiempo, mantener la continuidad de las operaciones.
Una sugerencia, no un derecho automático
La autoridad laboral capitalina ha reiterado que esta recomendación busca reducir riesgos y estrés en las y los trabajadores, sobre todo cuando el transporte público y las vialidades se ven afectados por encharcamientos o inundaciones.
No obstante, la decisión final queda en manos de cada empresa. El esquema de home office por lluvia solo puede aplicarse si hay un acuerdo entre el patrón y el trabajador, ya que no está contemplado como un derecho en la ley ni como una obligación para los empleadores.
En conclusión, aunque el home office por lluvia no es un derecho automático, sí es una alternativa recomendada oficialmente para hacer frente a contingencias climáticas, siempre que exista voluntad y acuerdo mutuo dentro de los centros de trabajo.